Asamblea Comunal

La confortan comuneros y comuneras reconocidos y reconocidas formalmente como tales. Es el órgano de máxima autoridad dentro de la comunidad , y el responsable final de la aprobación de las decisiones relacionadas con la comunidad, así como la administración y gestión de sus recursos.

Según el estatuto comunal, todos los pobladores (hombres y mujeres) mayores de 18 años están obligados a empadronarse como miembros de la comunidad. De las personas empadronadas de cada familia, sólo los hombres tienen derecho a recibir el título de comunero, pues son ellos reconocidos como ''jefe de hogar''. Las mujeres son reconocidas como comuneras calificadas únicamente cuando son viudas y/o madres solteras. En consecuencia, la asamblea comunal está mayoritariamente conformada por hombres, representando en promedio el 80% del total de personas asistentes, y las mujeres que asisten lo hacen como meras espectadoras y no participan de forma activa y pro positiva.


Se reúne de manera ordinaria todos los meses, y sólo puede llevarse a cabo si existe un quórum mínimo de 50% más uno de los miembros. La toma de decisiones se realiza de forma democrática, por voto personal y por mayoría simple.

PROYECTO DE LEY PROPONE PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN LAS DIRECTIVAS COMUNALES

"El proyecto de Ley en mención, se enmarca en la Ley de Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres (Ley Nº 28983) la cual garantiza a mujeres y hombres el ejercicio de sus derechos a la igualdad, impidiendo la discriminación; y señala la necesidad de lograr la igualdad de género y el empoderamiento de todas las mujeres y las niñas", expresó la congresista.


Durante la intervención, las lideresas indígenas que participaron en la mesa de trabajo señalaron que no siempre se tiene en cuenta la opinión de las mujeres y que lo que quieren es "poder participar con voz y voto en los espacios de toma de decisiones sobre sus comunidades".


Zulema Burneo, Coordinadora Regional de la ILC ALC, mencionó que en la región existen 65 millones de mujeres rurales, de las cuales el 20% son indígenas; indicó que aunque su capacidad de organización y participación ha mejorado significativamente, aún no logran hacerlo en condiciones de equidad, y que muchas de ellas son criminalizadas en sus luchas, como es el caso de Máxima Acuña. Las modificaciones de esta Ley serían un gran logro para la gobernanza de la tierra centrada en las personas, sobre todo para la visibilización del gran aporte de las mujeres en el campo y en sus comunidades.


¿Qué propone este proyecto de Ley?

  • Incorporar el reconocimiento explícito de las comuneras en la Ley General de Comunidades Campesinas.
  • Incluir a las comuneras en el derecho de hacer uso de los bienes y servicios de la comunidad, elegir y ser elegidas; y participar con voz y voto en las asambleas comunales.
  • Incluir al menos un 30 % de mujeres en la directiva comunal, tal como dice la Ley Electoral. 
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